ELECCIONES 2021: Programa -Reivindicaciones de UGT para el Personal PLEX a través del COMITÉ ÚNICO

ELECCIONES 2021: Programa -Reivindicaciones de UGT para el Personal PLEX a través del COMITÉ ÚNICO

UGT defiende el incuestionable valor de la RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 25 de enero de 2008, por el que se aprueba el Acuerdo de 3 de diciembre de 2007, de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre condiciones de trabajo del personal laboral en el exterior.

Fue un Acuerdo histórico, el primero, y fue un acuerdo de mínimos que consiguió homogeneizar como colectivo al personal laboral que prestaba servicio en el Exterior. Hoy, pasados ya muchos años, ha quedado obsoleto mientras ha ido publicándose normativa adaptada a los tiempos y a las necesidades actuales. Por ello el “Acuerdo” está desactualizado, pero sigue siendo el instrumento público, publicado en el BOE, que nos da nuestras señas de identidad. UGT llevará todas sus reivindicaciones en el marco de la negociación colectiva y como desarrollo necesario de dicho Acuerdo.

Publicación anual de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) del colectivo PLEX sin convenio actualizadas

Es condición indispensable para poder abordar la armonización de salarios por categorías, ministerios y zonas geográficas. Las RPT tienen el carácter de públicas, así lo prevé el Acuerdo Administración-Sindicatos de diciembre 2008 y así lo ha ratificado el propio Tribunal Supremo de España tras demanda de UGT. A diferencia de las RPTs del Personal laboral PLEX, las RPT del personal laboral de Convenio Único y del personal Funcionario son accesibles desde el Portal de Transparencia. Unas RPTs del PLEX desactualizadas hacen imposible detectar con rigor las situaciones de discriminación que sabemos se están produciendo, incluso en una misma oficina donde dos trabajadores con la misma categoría laboral y realizando idénticas funciones, perciben salarios totalmente diferentes.

Adecuación de la retribución anual bruta del trabajador a la retribución máxima prevista en las RPT

Es una de las mayores injusticias sufridas por gran parte del personal PLEX actualmente: centenares de plazas están convocadas por los ministerios con un salario bruto anual inferior a lo autorizado por la CECIR, por lo que las RPTs no se ajustan a la realidad de las retribuciones No existe amparo legal alguno que justifique diferencias, incluso entre trabajadores de una misma categoría, en muchos casos, de miles de euros anuales.

Negociación de una Resolución de Categorías Profesionales PLEX

En el Siglo XXI, el Servicio Exterior español está funcionando en base a una clasificación de categorías profesionales de 1990: La I.S. no. 164 de 26.04.1990 del Ministerio de Asuntos Exteriores, que establece las categorías del personal contratado en el exterior, dependiente de dicho ministerio. Es indiscutible su inadecuación a los tiempos actuales. Las tareas que desempeña hoy el personal PLEX poco o nada tienen que ver con las indicadas en las convocatorias de plazas y menos aún tienen que ver con la cualificación académica y profesional de los trabajadores, en su mayoría titulados universitarios, con dominio de 2 o más lenguas extranjeras y con habilidades ofimáticas muy superiores a las de un “graduado escolar”.

Asimismo, el personal de Residencias, chóferes y personal subalterno deben quedar amparados por los límites de la jornada laboral ordinaria como cualquier otro empleado público. Las necesidades extraordinarias deben ser tales, exhaustivamente justificadas y debidamente compensadas con descansos pactados o dinerariamente si así lo prevé la normativa del país. Es una Instrucción de Servicio que se ha quedado obsoleta en su redacción y que necesita una actualización urgente. Igualmente procederá UGT con las compensaciones por trabajo extraordinario en las Oficinas de Turespaña por ferias, viajes, presentaciones, etc.

Reformulación del modelo de contrato de trabajo PLEX

Los actuales contratos de trabajo están plagados de normas nulas de pleno derecho por contravenir la legislación laboral de obligado cumplimiento en los países en los que se presta servicio. Es improrrogable la negociación de un nuevo modelo de contrato de trabajo, con sometimiento a las normas de orden público de los países, y con sometimiento a las Directivas UE en el ámbito de la Unión Europea. España no puede seguir contratando empleados públicos en fraude de Ley.

Racionalización de los salarios del personal PLEX

Solo una pésima gestión justifica las diferencias salariales entre las mismas categorías en las distintas oficinas del Servicio Exterior de España. Empleados públicos de las Consejerías de Educación, Comerciales, Turespaña o embajadas y consulados, perciben para las mismas categorías en los mismos países y ciudades, salarios brutos con miles de euros anuales de diferencia sin justificación objetiva alguna. Asimismo, es necesario racionalizar la progresión salarial entre categorías, en concordancia con la cualificación, la carga de trabajo y el nivel de responsabilidad.

Reimplantación de la revisión salarial anual en base al IPC de los países y negociación de la pérdida salarial acumulada por la congelación del gobierno del PP

Desde la congelación salarial de 2009, el colectivo PLEX solo ha sido objeto de una revisión salarial de carácter anual en el año 2019, una revisión parcial, irregular e injusta. Los criterios utilizados por la Administración son opacos. Mientras, la revisión anual de los distintos conceptos retributivos de los funcionarios sí tiene una revisión anual puntual. Por lo tanto, las variaciones del IPC en los países son perfectamente conocidas por la CECIR. Hay que añadir asimismo una corrección anual complementaria por circunstancias económicas extraordinarias como la volatilidad de las divisas o la inestabilidad económica de los países

Carrera profesional: Derecho a la promoción interna y a la movilidad

El Tribunal Supremo reconoce a los empleados públicos el derecho a la carrera profesional, hay que articularlo para el Servicio Exterior. Basta ya de amañar pruebas   de acceso libre para la promoción interna del personal laboral. Función Pública debe reintroducir la promoción interna como vía de acceso a las plazas del servicio Exterior. La movilidad geográfica interdepartamental exterior-exterior y exterior-interior puede implantarse sin ningún perjuicio para la Administración, no tiene sentido la inmovilidad forzosa para un colectivo versátil y cualificado como sin duda es el personal PLEX.

Acceso a prejubilación con contratos de reemplazo

La prejubilación voluntaria del empleado público en España es una realidad en el ámbito de la Administración General del Estado. Nada impide que se regule y aplique a los trabajadores PLEX que voluntariamente deseen adherirse y cumplan los requisitos para ello.

Reclamación de los conceptos retributivos y no retributivos previstos en las legislaciones de los países, que no están siendo abonados

A pesar de que la Administración repite hasta la saciedad – en contratos, convocatorias, Resoluciones- que al PLEX se le aplica la legislación local, cuando le toca aplicar dicha legislación en favor de sus trabajadores/as parece no querer entender el modelo que ellos mismos imponen. Existen legislaciones locales que prevén, por ejemplo, indemnizaciones por jubilación o complementos salariales, que la Administración se ha negado a abonar.

Los tribunales españoles ya han fallado a nuestro favor para casos en Francia, Arabia Saudí, República Democrática del Congo y México. A pesar de existir pronunciamientos a nuestro favor, los respectivos Ministerios se niegan a aplicar de oficio lo establecido por sentencia, teniendo que judicializar el asunto año a año por la prescripción, con la pérdida de tiempo y esfuerzo que esto conlleva. Exigiremos que se ejecuten plenamente las sentencias condenatorias y que se apliquen en toda su extensión las normativas laborales locales en favor del trabajador.

Reactivación del Plan de Acción Social del MAUC

El MAUC es el Departamento Ministerial con mayor número de personal PLEX fuera de España y el único con un Plan de Acción Social diferenciado para el Exterior y para Servicios Centrales discriminando sin escrúpulos al personal que presta servicio en el Exterior. Esta circunstancia sirvió para la congelación del Plan para el Exterior mientras el Plan de Servicios Centrales se ha seguido dotando presupuestariamente y aumentando sus dotaciones. UGT tiene el compromiso de la Dirección General del Servicio Exterior de incluir al personal PLEX en el Plan Único de Acción Social del MAUC, válido para Servicios Centrales y para el Exterior, tal y como tienen todos los departamentos ministeriales con presencia en el Exterior.

Reapertura de las convocatorias de promoción horizontal en las OPE (Oferta Pública de Empleo) de la AGE para el Personal PLEX

En la Resolución de 14 de junio de 2019 de la Sª de Estado de Función Pública, por la que se convocaban procesos selectivos para ingreso o acceso a Cuerpos de la AGE, se produjo la primera excusión del “personal en el exterior sujeto a legislación local” en los distintos Cuerpos objeto de la convocatoria (Auxiliares, Administrativos, Técnicos y Gestión). UGT considera que se vulnera el derecho a la promoción profesional del personal afectado. La OPE es la única posibilidad del Personal PLEX para acceder a la funcionarización.

Se excluye el derecho a participar en estas pruebas de “promoción cruzada” al personal del exterior sujeto a legislación local que, por otra parte, sí cumple con los requisitos legalmente previstos (grupo y categoría profesional equivalente, funciones coincidentes o análogas, dos años de servicios efectivos previos, titulación requerida, etc.). Entendemos que si la norma hubiera querido excluir a este personal, lo hubiera efectuado de manera expresa, con los argumentos jurídicos procedentes. Al no haberlo hecho, consideramos no se puede restringir un derecho esencial como el que está en juego. La exclusión de dicho personal de la promoción cruzada, no ha sido objeto de negociación en el ámbito de la Comisión Técnica para el personal laboral en el exterior, circunstancia prevista en el (Acuerdo de 2008 de condiciones de trabajo para el personal laboral en el exterior.

En definitiva, desde UGT consideramos que, con respecto a procesos similares desarrollados en años anteriores, no concurre circunstancia objetiva alguna para excluir a este personal de la promoción cruzada, se están vulnerando derechos fundamentales derivados de la propia Constitución Española y exigiremos una rectificación que permita su participación como en años anteriores, en condiciones de igualdad con el resto del personal laboral.

Negociación del teletrabajo

El teletrabajo que introdujo a marchas forzadas la llegada de la pandemia ha llegado para quedarse en la generalidad del mundo laboral tanto en España como en el Exterior. Gracias a ese teletrabajo el Servicio Exterior de España pudo seguir dando servicio a los ciudadanos que lo precisaban. UGT quiere que esa modalidad de prestación de servicio se quede en el Exterior reglado convenientemente, dotando de los medios técnicos necesarios a los trabajadores. La Resolución de la Secretaria de Estado de Función Pública sobre revisión de las medidas frente a la COVID-19 a adoptar en la Administración General del Estado ante la evolución de la situación sanitaria y avance de la vacunación está en vigor desde el pasado 1 de octubre de 2021. En paralelo, cada Departamento ministerial deberá negociar en sus respectivas Mesas Delegadas las modalidades y el alcance del teletrabajo en aplicación de dicha Resolución para aplicarlo en toda su red de oficinas.

UGT defiende un modelo de no presencialidad común en los centros en el exterior. Somos conscientes de la heterogeneidad en el exterior, pero creemos que tenemos que defender un suelo común para todos, que por supuesto sea superior al 20% de la jornada semanal prevista actualmente en dicha Resolución.

Salud laboral, Conciliación familiar, Prevención de Riesgos Laborales y lucha contra el maltrato

Ya está en curso en el ámbito de la Mesa Delegada del MAUC la negociación para la aplicación en el Exterior de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de adaptación (Ley 7/2007 de 12 de abril y RD 67/2010 de adaptación a la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General de Estado. Hasta hoy la ausencia de delegados representantes de los trabajadores y la ausencia de Delegados de Prevención han sido quizá las dos mayores ilegalidades de la Administración frente al Personal PLEX. UGT reclama la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo tal y como prevé la legislación en vigor, lo que requerirá la formación del personal en materia de Prevención y la designación de Delegados de Prevención. Con ello cumpliremos el requisito legal de dotar de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales con las consiguientes evaluaciones de riesgo y planificación de las actividades preventivas y unos comités de Seguridad en los centros cuyo número de trabajadores en plantilla lo permita. UGT también abanderará la lucha contra el maltrato, de cualquier tipo y especialmente contra colectivos de trabajadores vulnerables y denunciará todo trato inadecuado, acoso y abuso donde quiera que se produzca. UGT reclamará la revisión del funcionamiento de la Inspección General de Servicios de los distintos departamentos ministeriales para que sus actuaciones no sean farsas y se sancione eficazmente la tiranía y el maltrato. No están fuera de este compromiso los centros educativos en el Exterior, cuyo personal no docente está hoy por hoy desamparado en la protección de sus más elementales derechos. Asimismo, UGT exigirá que todos los departamentos ministeriales apliquen íntegramente la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre Jornadas y Horarios, con especial atención al derecho a la flexibilidad horaria y a la conciliación de la vida laboral y familiar. MINCOTUR será el primer departamento ministerial convocado a este respecto.

Acreditación ante el país de prestación de servicio al amparo de los Convenios de Viena

El personal PLEX está compuesto por empleados públicos de la Administración General del Estado, en su mayoría con contrato de derecho laboral local, adscritos a las Misiones Diplomáticas. Como tal deben ser acreditados ante las autoridades del país y dotados de la correspondiente acreditación al amparo de los Convenios de Viena (tarjetas de identidad y pasaportes de servicio donde proceda). La prestación de servicio del personal PLEX requiere en no pocos casos que se garantice su incolumidad, operatividad y protección frente a las autoridades locales. Esta acreditación deberá ir precedida de la revisión del estatus de todas y cada una de las oficinas sectoriales de la Administración del Estado en el Exterior.

Contribución a los sistemas complementarios de jubilación en los países en los que está previsto por convenio colectivo

Es evidente que cada vez más países implantan sistemas de previdencia social bajo un esquema de coparticipación empleador-empleado para alimentar fondos complementarios de jubilación, como el conocido sistema de “mochila austríaca”. El capital almacenado en el fondo a lo largo de la vida laboral del trabajador puede ser percibido por este a modo de complemento para jubilación. UGT abogará por un acuerdo que permita la instauración de dicho sistema y exigirá el cumplimiento del mismo en los países en los que ya es norma obligada y la Administración española está incumpliendo con sus aportaciones.

Póliza complementaria de salud para todos los afiliados a sistemas de seguridad social local con prestaciones deficientes

Es evidente que los sistemas sanitarios de muchos países tienen prestaciones médico-sanitarias deficientes. Los empleados públicos PLEX cotizantes a dichos sistemas de seguridad social merecen que España complemente dichas prestaciones a través de una póliza complementaria de salud. Es una medida ya existente en varios países pero debe ser extendida con carácter general a todos los países con prestaciones sanitarias deficientes.

Revisión de las prestaciones de DKV y Póliza complementaria de salud para la continuidad de todos beneficiarios de DKV/ASISA una vez alcanzada la jubilación

UGT exigirá el compromiso al MAUEC como tomador de la póliza DKV de revisar los pésimos sistemas de cobertura y reembolso, especialmente en EEUU. Asimismo, solicitará la extensión de la cobertura a los trabajadores que se jubilen, con una fórmula que permita una tarifa a cargo del beneficiario pero económicamente sostenible, es el mínimo reconocimiento por la labor de dedicación al Estado y a la Función Pública durante años de servicio. En estas circunstancias y para evitar mayor agravio, UGT solicitará la cancelación de la póliza con ASISA y la inclusión de sus beneficiarios en la nueva póliza DKV.

Facilitación del acceso a la nacionalidad española a los empleados públicos extranjeros que hayan prestado determinados años de servicio a la Administración

No es ninguna aberración; países de nuestro entorno como Francia o Italia otorgan la nacionalidad a sus empleados públicos extranjeros. La concesión de la nacionalidad española por Carta de Naturaleza no puede quedar reservada a deportistas y cónyuges de diplomáticos. UGT exigirá que los años prestados al servicio de la Administración española en el Exterior tengan la consideración de años de arraigo con España a efectos de la concesión de la nacionalidad española. De nuevo, es un merecido reconocimiento al compromiso con el Estado y sus valores.

Regulación de vacaciones para el hemisferio Sur

El Personal PLEX pierde derechos al someterse para sus vacaciones al calendario anual ordinario. Las representaciones diplomáticas de países acreditados en el hemisferio sur ya adoptan una extensión natural al calendario ordinario. Es justo y razonable ampliar al 31 de marzo del año siguiente, el plazo máximo de disfrute de vacaciones y permisos del año natural.

Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, AECID: Amparo legal al colectivo de Responsables de Programas y Proyectos

La regularización del colectivo de Responsables de Programas y Proyectos de la AECID no puede retrasarse más: A pesar de su alta cualificación y singularidad, fueron contratados sin un convenio que amparase sus especificidades. UGT reclamará a través de la representación legal del colectivo un convenio especial o la funcionarización de estos puestos de trabajo para que les sea de aplicación el Real Decreto 6/1995, de 13 de enero, por el que se regula el régimen de retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero.

Así mismo, y complementario a las cuestiones retributivas, UGT propondrá negociar un Reglamento de Movilidad de rango normativo superior, que regule la carrera profesional para estos trabajadores de la Cooperación, el cambio de país de destino y la posibilidad de retornar periódicamente a la sede de la Agencia en España.

CONCLUSIÓN

Este documento ha querido ser ilustrativo del compromiso de la UGT con la defensa de los derechos de los trabajadores PLEX, la consolidación de sus derechos laborales y la consecución de nuevos. Los miembros de UGT en el Comité Único Mundial PLEX tendrán el mandato legal que les otorgará su condición y estarán vinculados a los principios y los mandatos de la Organización por la que han sido elegidos.

Madrid, noviembre 2021.-

 

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