La Justicia afea al gobierno la falta de negociación real al anular el Reglamento de Carrera Diplomatica de 2014

La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo el Reglamento de la Carrera Diplomática aprobado en 2014 por Real Decreto, por entender que no fue sometido a negociación colectiva, un requisito que es obligatorio y cuyo incumplimiento es causa de nulidad.

 El abogado del Estado alegó que sí hubo negociación, concretamente con una invitación por carta y correo electrónico y con la participación de una asociación de diplomáticos, en grupos de trabajo. Sin embargo, el alto tribunal subraya que la NEGOCIACIÓN COLECTIVA "no consiste en hacer una consulta o en una mera audiencia, ni se satisface con cualquier intercambio de información ni con la presentación de ideas o sugerencias", y tampoco se identifica "con la participación en unos grupos de trabajo informales ni se satisface por contar con el parecer de la organización más representativa".

UGT destaca la importancia de esta sentencia que pone de manifiesto la mala gestión del Partido Popular, que legisla a golpe de decretos y resoluciones unilaterales, vulnerando el más básico principio de las relaciones laborales. La sentencia avala las tesis del sindicato que  reclama una negociación coelctiva real, no una mera convocotaria formal sin intención de dialogar.

Cabe recordar que La directiva 2002/14/CE sobre derecho de los trabajadores A LA información y a la consulta excluye a los empleados y empleadas de las administraciones generales. La legislación española (en el EBEP) reconocía este derecho (así como el derecho a la negociación), aunque el gobierno ha realizado una reforma de facto de EBEP que lo ha variado sustancialmente.

La Mesa del Diálogo Social Europea para las Administraciones Públicas acordó, hace más de dos años, un texto en el que se reconoce el Derecho de este personal a ser informado y consultado “en tal forma y tiempo” que la interlocución sea real y efectiva y no una comunicación-declaración de intenciones como la que ejemplifica el caso del que habla la sentencia. 

UGT aprovecha la oportunidad para urgir a la comisión europea a que materialice en forma de directiva el acuerdo de los interlocutores sociales y siga sin demorar el resultado del diálogo social del que la propia comisión es garante, de manera que estos y estas trabajadoras no sigan discriminados frente al resto de los trabajadores que ya disfrutan.

Los más de 7000 empleados públicos que prestan servicio en la Administración española en el exterior han esperado con ansiedad una condena tan sonora como la de hoy. El acuerdo Administración-sindicatos del año 2008 se encuentra desde entonces empantanado, ante la negativa de la Administración a abrir una verdadera negociación colectiva.  Desde entonces la Administración, se ha limitado a convocar a la parte social para comunicarle sus decisiones unilaterales. Es urgente que la Administración española retome la senda de la legalidad. Todo ello para dejar de ser condenada clamorosamente, no solo por el Tribunal Supremo español, sino por las instancias europeas. Esta reivindicacion llevo el pasado 11 de octubre a más de 7.000 trabajadores a convocar una huelga general en todo el servicio exterior que obtuvo una adhesión masiva y el sordo silencio al que la administración nos tiene acostumbrados.

 La Administración se comprometió, el 20 de junio, a  plantear  una revisión por la perdida del poder adquisitivo y hoy hasta la fecha no ha cumplido, cortando cualquier comunicación con UGT

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